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viernes, 08 septiembre 2017 / Publicado en Noticias

Adecúan el Reglamento de la Ley N° 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial, aprobado por Decreto Supremo N° 208-2015-EF, a lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1282

Decreto Supremo N° 259-2017-EF

Adecúan el Reglamento de la Ley N° 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial, aprobado por Decreto Supremo N° 208-2015-EF, a lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1282, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29623 y que amplía el plazo de acogimiento al Fondo de Garantía Empresarial – FOGEM

Mediante el presente Decreto, se adecua el Reglamento de la Ley N° 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial, aprobado por Decreto Supremo N° 208-2015-EF y modificado por Decreto Supremo N° 100-2016-EF, a lo señalado por el Decreto Legislativo N° 1282, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la Factura Comercial y que amplía el plazo de acogimiento al Fondo de Garantía Empresarial – FOGEM.

Asimismo se dispone que el Ministerio de la Producción, en un plazo de noventa (90) días computables desde el día siguiente de la publicación de este Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, implementa el Registro Nacional de Infractores a las Normas Aplicables a las Facturas Negociables.

El presente Decreto entra en vigencia al término del plazo señalado en el párrafo anterior, con excepción de las normas complementarias, emitidas por el Ministerio de la Producción, que sean necesarias a efectos de aplicar  lo establecido en los capítulos IV y V del Reglamento de la Ley N° 208-2015-EF y modificado por Decreto Supremo N° 100-2016-EF, las cuales entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación.

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